La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) confirma una sentencia del Juzgado de lo Social de Eibar, que declaró improcedente el despido de un trabajador y condenó a un Ayuntamiento a reincorporarlo oa indemnizarle con 493,49 euros y con el abono de 30.000 euros en concepto de compensación adicional por daños y perjuicios.
La sala ha reconocido que la indemnización legal por despido improcedente, que ascendía menos de quinientos euros, "no es adecuada al mal sufrido" y ha confirmado la sentencia de instancia que condenó al Ayuntamiento a indemnizar al trabajador con una indemnización por daños y perjuicios de 30.000 euros, si no fuera readmitido.
En ese caso, el trabajador tenía un contrato indefinido en una empresa y también estaba en una bolsa de trabajo del Ayuntamiento, después de haber participado en un proceso selectivo. El 9 de marzo del 2023 recibió una oferta de trabajo del consistorio con una duración mínima de un año que aceptó renunciando al contrato indefinido que tenía con la empresa. Sin embargo, después de iniciar la prestación se le indicó de "modo verbal" que había "existido un error en la contratación" y que su último día de trabajo era el 30 de abril de 2023.
Teniendo en cuenta estas circunstancias la sentencia afirma que la "reducida" indemnización tasada "no es adecuada al mal sufrido por el trabajador" que dejó un trabajo indefinido por un contrato que, aunque fuera temporal, debía durar al menos un año .
Además, ante la falta de respuesta que justifique la causa de la extinción, el TSJPV considera ajustado reconocerle el derecho a una indemnización adicional por los salarios que hubiera percibido durante un año.