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NORMAS DE COTIZACIÓN SEGURIDAD SOCIAL 2024

El 30 de enero, se publicó en el Boletín Oficial del Estado número la Orden PJC/51/2024, de 29 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2024

La base mínima de cotización sube un 5% y, será de 1.323,00 euros mensuales (44,10 € euros diarios)
Las bases máximas de cotización suben el mismo porcentaje, siendo de 4.720,50 euros mensuales (1527,35 € mensuales).

MECANISMO DE EQUIDAD INTERGENERACIONAL (MEI)
Se mantiene … hasta la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, de acuerdo la disposición transitoria cuadragésima tercera del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, la cotización correspondiente al Mecanismo de Equidad Intergeneracional, recogida en el apartado catorce del artículo 122 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, aumenta hasta un 0,7% de cotización, del cual:

  • Un 0,58% irá a cargo de la empresa
  • Un 0,12% corresponderá a la persona trabajadora.

COTIZACIÓN POR LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS FORMATIVAS O PRÁCTICAS ACADEMICAS EXTERNAS INCLUIDAS EN EL PROGRAMA DE FORMACIÓN 2024

Prácticas formativas:
- Están incluidas en programas de formación.
- Pueden ser realizadas por alumnos universitarios y de formación profesional.
- Pueden ser remuneradas o no remuneradas.

Prácticas académicas externas:
- Son prácticas que los estudiantes realizan fuera de la institución educativa.
- Pueden ser parte del plan de estudios o voluntarias.
- No forman parte del currículo académico.
- Pueden ser remuneradas o no remuneradas.

Los estudiantes en estos tipos de prácticas (remuneradas o no), comenzarán a cotizar a la Seguridad Social desde el 1 de enero de 2024. La cotización por estos estudiantes en formación estará bonificada al 95%, y no cotizan al MEI (Mutualidad de Empleo e Inversiones).
El coste consistirá en una cuota empresarial, por cada día de prácticas, de 2,54 euros, sin que pueda superarse la cuota máxima mensual de 64,90 €.

EMPLEADOS DE HOGAR
La cotización de los empleados de hogar en 2024 será del 37,75%, de los cuales el 31,38% son a cargo del empleador y el 6,37% a cargo del trabajador (en 2023 era del 37,65%, de los cuales 31,30% a cargo del empleador y el 6,35% a cargo del trabajador).

Dichos porcentajes se aplicarán a la base de cotización correspondiente, en función de la retribución mensual, tal como se indica en la siguiente tabla:

HOGAR

 

TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA
Los trabajadores por cuenta propia pagaran a la Seguridad Social una cuota equivalente al 31,30% de su base de cotización (en 2023 el 31,20%).
Recordamos que, desde el 1 de enero de 2023, la base de cotización irá en función de los rendimientos netos mensuales obtenidos durante el ejercicio, según se indica en la siguiente tabla:

2

 

 

 

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